1. ¿Qué es la nulidad matrimonial?
La nulidad matrimonial declara la inexistencia del matrimonio católico.
2. ¿Quién puede pedir la nulidad matrimonial?
Caulquiera de los cónyuges de un matrimonio, no siendo precido el mutuo acuerdo.
3. ¿Qué ocurre con mis hijos tras la nulidad matrimonial?
Los hijos siguen siendo legítimos, no se ven afectados por la nulidad matrimonial.
4. ¿La Nulidad Matrimonial tiene efectos civiles?
No tiene efectos civiles, por lo que no le afectará de forma económica.
5. ¿Qué tan importante es tener un buen abogado rotal?
Es tan importante que si pierdes, sería muy difícil poder conseguirla,
ya que
el motivo por el que se pide la nulidad se pierde, no se puede recurrir.
¿Qué es la nulidad matrimonial eclesiástica?
La
nulidad matrimonial eclesiástica es el procedimiento por el que
un matrimonio se declara nulo ante la Iglesia, resultando la inexistencia
de este matrimonio, con lo que cualquiera de los cónyuges puede volver a casarse por la iglesia.
En el proceso judicial de la Nulidad Matrimonial participarán las siguientes partes: Los dos cónyuges, los testigos y el defensor.
Similitudes entre nulidad matrimonial y divorcio:
En muchas ocasiones
se confunde la nulidad matrimonial con el divorcio, a pesar de que no tienen mucho que ver. La nulidad matrimonial eclesiástica es,
de hecho,
bastante compleja y difícil de conseguir, si no contamos con un buen especialista en nulidades matrimoniales como son los abogados canónicos.
Estos son los
puntos en común entre la nulidad matrimonial eclesiástica y el divorcio civil:
Ambos procesos comprenden varios trámites.
En ambos casos se pueden iniciar por cualesquiera de los cónyuges.
Es un tribunal el que determina la decisión final.
Es necesaria la asistencia a las partes de un abogado especializado.
Los matrimonios celebrados ante la Iglesia son válidos, sólo si:
1. Ambos contrayentes han dado su consentimiento sincero.
2. Se realiza tal y como es establecido por la Iglesia.
3. No hay ningún impedimento previsto en el Derecho Canónico para la celebración.
Las
causas de nulidad matrimonial eclesiástica, para que sea declarado nulo un matrimonio por la Iglesia, son las siguientes:
El que haya habido una relación extramatrimonial.
El maltrato tanto físico como psicológico.
Otras causas de nulidad matrimonial eclesiástica, denominadas técnicamente impedimentos, son las siguientes:
- 1. Impedimento por edad
- 2. Impedimento por impotencia
- 3. Impedimento de vinculación matrimonial
- 4. Impedimento en la disparidad de cultos
- 5. Impedimento de orden sagrado
- 6. Impedimento de rapto
- 7. Impedimento de crimen
- 8. Impedimento de consanguinidad
- 9. Impedimento por defectos del consentimiento
- 10. Impedimento por error
- 11. Impedimento por consentimiento simulado
- 12. Impedimento por condición
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